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Baja de vehículo en la DGT

Temporal si lo vas a dejar parado, definitiva si va al desguace. En los dos casos dejas de responder por él.

Pasos del proceso

De principio a fin, sin que tengas que pisar una oficina.

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    Decidimos qué baja te conviene

    Temporal si vas a volver a usar el vehículo o quieres venderlo más adelante; definitiva si va al desguace. Te explicamos las consecuencias de cada una.

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    Nos envías la documentación

    Tu documento de identidad y el permiso de circulación. Una foto o un escaneo desde el móvil, sin mensajería ni originales.

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    Presentamos la baja ante la DGT

    Gestionamos el trámite y, en la baja definitiva, coordinamos el certificado del centro autorizado de tratamiento.

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    Recibes el justificante

    Te enviamos el justificante oficial, que necesitarás para dar de baja el seguro y comunicar el cambio al ayuntamiento.

Documentación necesaria

Esto es todo lo que tienes que reunir. Si te falta algo, dínoslo y te decimos cómo conseguirlo.

  • Documento identificativo del titular

    Particulares nacionales: NIF. Particulares extranjeros: NIE y pasaporte (hacen falta los dos). Empresas: CIF o escritura de la empresa y NIF del representante legal (hacen falta los dos).

  • Permiso de circulación

    Aporta la parte interior, que es donde figuran los datos del vehículo.

  • Certificado de destrucción

    Solo en la baja definitiva. Lo emite el Centro Autorizado de Tratamiento al entregar el vehículo.

  • Denuncia por robo

    Solo si la baja es por sustracción. La presentada ante la policía o la Guardia Civil.

Preguntas frecuentes

¿Qué es dar de baja un vehículo y qué tipos hay?

Dar de baja un vehículo es comunicar a la DGT que deja de circular. Hay tres situaciones distintas y conviene no confundirlas:

  • Baja temporal voluntaria. El vehículo se retira de circulación pero sigue existiendo en el registro. Es reversible en cualquier momento con el alta.
  • Baja definitiva. El vehículo se entrega a un Centro Autorizado de Tratamiento para su desguace. Es irreversible.
  • Baja por robo. Se tramita con la denuncia y permite recuperar el vehículo con un alta si aparece.

En todos los casos, la baja es lo que te permite dejar de pagar el seguro obligatorio y solicitar la devolución de la parte proporcional del impuesto de circulación.

¿Dejo de pagar el impuesto de circulación al dar de baja el coche?

Sí, pero el prorrateo depende del ayuntamiento. El impuesto se devenga a 1 de enero, y muchos ayuntamientos devuelven la parte proporcional de los trimestres no transcurridos si la baja es definitiva. Con el justificante de la baja puedes solicitarlo.

¿Puedo circular con un vehículo dado de baja temporal?

No. Un vehículo en baja temporal no puede circular por vía pública. Si necesitas moverlo, por ejemplo para llevarlo a la ITV, hay que solicitar un permiso temporal de circulación.

¿La baja temporal caduca?

No caduca automáticamente, el vehículo puede permanecer de baja temporal indefinidamente. Para volver a usarlo hay que tramitar el alta.

¿Puedo vender un coche dado de baja?

Con la baja temporal el vehículo no puede transferirse. Existe la modalidad de baja temporal por transmisión, pensada precisamente para vehículos que quedan en manos de un compraventa. Te decimos cuál te encaja según tu caso.

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